Cuba: ¿por qué es necesaria una Ley para las personas con discapacidad?

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En un comentario anterior nos referimos a  nuestra propuesta de modificación al Artículo 74 del Proyecto de  Constitución en el que incluimos la adición de un párrafo donde se expresa:

“La ley regula las políticas diferenciadas y específicas que se deben establecer para influir positivamente en el proceso de integración social de las personas con discapacidad”

De forma anexa expusimos una argumentación de la necesidad de esta Ley. En aras de la síntesis no mencionamos otros elementos que consideramos pueden contribuir a que se comprenda la necesidad de refrendar esta Ley. En el presente comentario abundamos en esos elementos.

La concepción de considerar la diferencia por motivo de discapacidad ha evolucionado en el tiempo. No pretendemos hacer una recorrido por la historia pero resultan conocidos los ejemplos de menosprecio, subestimación y prejuicios hacia las personas con discapacidad en las diferentes culturas los cuales han condicionado la definición de “Modelos”  de atención y comprensión hacia este tema. En libros y medios de difusión en general se puede leer de forma directa o indirecta el menosprecio y la conmiseración. En este discurrir “la transición que implicó pasar de una perspectiva individual y médica a una perspectiva estructural y social ha sido descrita como el viraje desde un modelo médico  a un  modelo social, en el cual las personas son consideradas discapacitadas por la sociedad más que por sus cuerpos” (Resumen del Informe Mundial sobre la Discapacidad, página 4, OMS).

Comprender la discapacidad en su contexto requiere un análisis profundo de particularidades y precisiones que nos guíen en un entramado altamente permeado de sentimientos e interpretaciones diversos y sensibles a la condición humana.”Las personas con discapacidad son diversas y heterogéneas, pese a que hay visiones estereotipadas de la discapacidad que identifican a las personas en sillas de ruedas y a algunos otros grupos clásicos como las personas ciegas o sordas” (Resumen del Informe Mundial  sobre la Discapacidad, página 7, OMS).

La no enmarcación de esta comunidad como hacemos con otros grupos poblacionales: las mujeres, el origen racial y étnico, los grupos etáreos, puede complejizar su comprensión. “Las generalizaciones acerca de la discapacidad o las personas con discapacidad pueden ser engañosas. Las personas con discapacidad poseen una diversidad de factores personales con diferencias de género, edad, condición socioeconómica, sexualidad, origen étnico o legado cultural” (RIMD, página 7, OMS).

El análisis sistemático de esta situación, en muchos casos promovido por las organizaciones de personas con discapacidad ha permitido concluir que la discapacidad es una cuestión de derechos humanos, entre las razones que permiten respaldar esta afirmación se encuentra, y cito al Informe Mundial sobre la Discapacidad, (página 10):

  • Las personas con discapacidad sufren de desigualdad; por ejemplo, cuando se les niega igualdad de acceso a la atención de salud, empleo, educación o participación política a causa de su discapacidad.
  • Las personas con discapacidad están sujetas a que se viole su dignidad; por ejemplo, cuando son objeto de violencia, abuso, prejuicios o falta de respeto a causa de su discapacidad.
  • A algunas personas con discapacidad se les niega la autonomía; por ejemplo, cuando  se las somete a una esterilización involuntaria, cuando se las interna en instituciones contra su voluntad, o cuando se las considera incapaces desde el punto de vista legal a causa de su discapacidad. (fin de la cita)

Con este enfoque de derechos humanos fue que se aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el 13 de diciembre del año 2006, y de la cual Cuba es un Estado Parte, de esa forma se convierten los derechos humanos generales en específicos para las personas con discapacidad y se aclara la legislación internacional existente referente a la discapacidad.

En Cuba, después del triunfo de la Revolución, se generalizó el acceso de toda la población a servicios públicos esenciales para la construcción de capacidades y  el desarrollo humano, la educación y la salud, la cultura, el deporte y la recreación se fueron estableciendo de manera natural como derechos. En medio del subdesarrollo heredado y la resistencia a un gobierno poderoso y hostil por los cambios que ocurrían en el país que había conquistado su soberanía definitivamente,  se iniciaron diversos programas de atención a poblaciones vulnerables en correspondencia con la amplia política social de la Revolución. La expansión de los servicios de salud y las campañas de vacunación influyeron decisivamente en la prevención de deficiencias; se estableció la Educación Especial como subsistema y se crearon cientos de escuelas para la atención a niños ciegos y débiles visuales, sordos e hipoacúsicos y  con retraso mental, entre otras.

Sin embargo la fuerza de los prejuicios y formas estancadas de pensamiento mantenían su presencia y la realidad evidencia que el modelo médico y asistencialista predominó como concepto durante muchos años. En los años setenta del siglo pasado comienza el movimiento asociativo donde las personas con discapacidad agrupadas en Asociaciones proponían una agenda diferente: la integración social y el empoderamiento para promover cambios más profundos en la sociedad.

Estos cambios se correspondían con el movimiento de personas con discapacidad a nivel internacional; en el año 1981 la ONU proclamó el Año Internacional de las Personas con Discapacidad así como la década 1983-1992 Década de Atención a las Personas con Discapacidad y puso en práctica un Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad. Las nuevas ideas que aparecían en ese contexto se enlazaron con las propuestas que esgrimían las Asociaciones en Cuba, a saber: más posibilidades para el empleo, eliminación de barreras arquitectónicas, acceso a ayudas técnicas de calidad para facilitar la integración (sillas de ruedas, muletas, bastones, prótesis auditivas, y otras), promoción de una divulgación que privilegiara las capacidades remanentes en este grupo y no hacer énfasis en sus limitaciones funcionales, combate contra el prejuicio en los medios de difusión con mensajes positivos promotores de una solidaridad efectiva no paternalista y otras muchas cuestiones asociadas que sólo se podían visualizar desde las perspectiva de las personas con discapacidad.

Un punto de giro importante en este proceso fue la celebración, en agosto de 1987, del I Congreso de la Asociación Cubana de Limitados Físico-Motores (ACLIFIM) a cuya clausura asistió el compañero Fidel. Escuchar de propia voz de los miembros de la Asociación las dificultades y demandas fundamentales que se planteaban por diferentes vías y no tenían respuestas positivas le hizo comprender la necesidad de una atención diferenciada hacia este sector de la población y la puesta en práctica de programas vinculados con sus necesidades: surgieron los llamados Talleres Protegidos que ubicaron laboralmente a portadores de diferentes deficiencias(ciegos y débiles visuales, sordos e hipoacúsicos, limitados físico-motores, retraso mental), se estimuló la elaboración de las primeras Normas Cubanas para la Eliminación de Barreras Arquitectónicas, se construyó la Escuela Solidaridad con Panamá para niños con movilidad reducida severa, se fortaleció el programa de ayudas técnicas y otros similares que impulsaron acciones prácticas que contribuían a la integración social de las personas con discapacidad en general.

Lamentablemente el inicio del Período Especial ralentizó muchos de estos programas y en algunos casos los detuvo. En  los años noventa, a pesar de las difíciles condiciones económicas que enfrentaba el país, por el recrudecimiento del bloqueo económico del Gobierno de los Estados Unidos, se creó el Consejo Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad en el que participaban las Asociaciones y representantes de diferentes Ministerios; el CONAPED, así se conoce este órgano, definía un Plan de Acción Nacional para la Atención a las Personas con Discapacidad, por un período de 5 años que tenía una evaluación anual. Este Plan definía áreas de intervención con programas y líneas de actuación en el que participaban sus distintos integrantes en los diferentes ámbitos de actuación de las personas con discapacidad. Las diferentes áreas de intervención están soportadas por una legislación de base que es emitida por los Ministerios. Se confeccionaron tres Planes de Acción Nacional, el último para el período 2006-2010. A pesar de la voluntad del Gobierno en focalizar las políticas de atención a las personas con discapacidad la tozuda realidad evidencia que muchas de las ideas reflejadas en esos Planes no llegan a concretarse: la inspiración asistencialista que lo preside impide una traducción práctica al terreno de los derechos lo que se manifiesta en las decenas de normas, regulaciones, instrucciones, cartas circulares que forman un enmarañado tejido legislativo donde es difícil distinguir los derechos sustantivos y las vías para reclamar o quejarse ante su incumplimiento.

La nueva realidad económica que se estaba delineando en nuestra sociedad, que condujo a la propuesta de un nuevo modelo económico y social, ha influido en detener la elaboración de nuevos Planes de Acción Nacional dada la necesidad de una nueva configuración del estado de derechos finalmente concretado en el Proyecto de Constitución.

En el contexto actual de cambios es imprescindible que las medidas de apoyo al sector de la discapacidad asuman el Modelo Social y el enfoque de derechos humanos para que surtan el efecto deseado y el ejercicio pleno de sus  derechos por las personas  con discapacidad no enfrente la resistencia de normas obsoletas y prejuicios extemporáneos. La Ley de Equiparación de Oportunidades como complemento de la Constitución de la República puede establecer y definir el conjunto de derechos sustantivos que, a partir de las condiciones específicas de vida y su interacción social, garanticen el ejercicio y disfrute pleno de esos derechos.

El desconocimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de la cual Cuba es un  Estado Parte, lamentablemente parece que es frecuente en órganos legislativos y deliberativos del país. Un ejemplo: cuando circuló la primera versión del Proyecto de Código del Trabajo no aparecía incluido la no discriminación por motivos de discapacidad, y así llegó hasta su discusión en la Asamblea Nacional; afortunadamente durante la deliberación en este órgano se subsanó el error. Las Normas Cubanas de Accesibilidad se violan continuamente en el espacio construido, tanto en nuevas construcciones como en las que son objeto de reparaciones. Las Normas de Accesibilidad al Transporte Público no se cumplen. El mundo digital forma parte de la vida cotidiana de la sociedad: ¿existe alguna norma para garantizar la accesibilidad y la asequibilidad a estas tecnologías? El ejercicio del trabajo por cuenta propia forma parte del quehacer de miles de cubanos con el régimen tributario correspondiente, ¿existe alguna política que propicie o estimule la integración laboral de las personas con discapacidad a esta actividad con bonificaciones que tengan en cuenta sus diferentes condiciones de vida y posibilidades prácticas de acción y gestión?

En diferentes países ya se han adoptado leyes específicas para las personas con discapacidad. Este marco legislativo facilita la asimilación en toda la sociedad de una cultura de respeto a las condiciones de vida particulares de quienes califican en este grupo (¡que está abierto permanentemente a cualquier miembro de la sociedad!) y de manera gradual se puede esperar que esta cultura se consolide desde sus cimientos.

  La Ley sobre Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad en Cuba es un imperativo del momento actual para potenciar capacidades subutilizadas en una sociedad envejecida que necesita del aporte de todos sus miembros para crear la riqueza social de su sostenibilidad.

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